Indicarle que tienen
el derecho a reclamar a Hacienda la devolución de las cantidades indebidamente
satisfechas por este impuesto durante los ejercicios no prescritos, es decir,
desde el
1 de Marzo de 2010 (1er TRIM. 2010) hasta el 31 de Diciembre de
2012(4º TRIM. 2012),siendo
la fecha límite para presentar la reclamación el mes de Mayo de 2015.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictado
Sentencia de 27 de febrero de 2014 (C-82/12) que ha determinado que el conocido
como "céntimo sanitario” es contrario a la normativa europea, por lo que ha sido
cobrado indebidamente durante los años 2002 a 2012.
Tanto las empresas como los particulares que hayan adquirido
hidrocarburos tienen el derecho a reclamar a Hacienda la devolución de las
cantidades indebidamente satisfechas por este impuesto durante los ejercicios
no prescritos, es decir, desde El 1 de Marzo de 2010 (1er TRIM. 2010) hasta el
31 de Diciembre de 2012(4º TRIM. 2012).
Para ello se han de aportar las facturas con el detalle de
los litros repostados y el impuesto devengado.
Los datos que necesita para la reclamación son:
DATOS GENERALES DE LA EMPRESA:
Nombre
CIF
Domicilio Social
Nº Vehículos
DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA:
Nombre
Apellidos
NIF
DATOS DE LA PERSONA DE CONTACTO:
Nombre
Teléfono
E-mail
DATOS GENERALES DE LA RECLAMACIÓN:
Periodo reclamado. (Desde___ trimestre del año ___ al ___
trimestre del año ___)
Importe Total Reclamado
Total Litros. Total Devolución
DATOS GENERALES DE LOS PROVEEDORES:
NIF
Nombre
Dirección de Proveedor
Para presentar dicha reclamación es necesario adjuntar (se recomienda copia compulsada) los siguientes documentos:
Copia del CIF y DNI del
representante.
Fotocopia de la Escritura de
Constitución de la empresa.
Fotocopia del Poder del
representante.
Certificados de consumos de los
proveedores (Repsol, Galp, Cepsa, etc.), del
periodo reclamado, tanto en depósito propio como en Estación de
Servicio (*).
(*) Este certificado debe contener el CIF del proveedor, provincia
del repostaje, consumos realizados e impuesto devengado.
Si no se pudiera obtener este certificado, se puede
sustituir por copia de las facturas, numeradas y separadas en dos grupos
(Deposito propio por un lado y Estación de Servicio por otro).
Si su proveedor es Solred deben solicitarlo a fdc@repsol.com, indicando en la petición
(Nombre de la empresa, CIF y periodo del que quiere la
certificación de consumos con
la tarjeta Solred).
Una vez recabada toda la documentación, esta deberá presentarse ante el Registro de Hacienda o la Agencia Tributaria, ya que es el organismo que puso en marcha el impuesto con fecha límite de Marzo de 2015.
Una vez presentada la reclamación, la administración tiene un plazo de 6 meses para resolver la reclamación. En caso de que sea resuelto desfavorablemente o no responda, se podrá presentar Reclamación Económico-Administrativa ante el Tribunal Económico Administrativo. Contra la Resolución del Tribunal Económico Administrativo cabría interponer Recurso Contencioso-Administrativo.
Se le adjunta una relación del impuesto cobrado por cada Comunidad
Autónoma según la tipología de combustible y donde ha sido adquirido.AQUÍ
Revisiones para Instalaciones Eléctricas de Baja Tensión
INFO SOBRE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO